miércoles, 15 de marzo de 2017

Censista a la fuerza

Ante la evidencia del poco interes de los voluntarios, la falta de censistas inscritos y del inminente fracaso al que está destinado este “censo” (que no es más que el infantilismo de izquierda queriendo opacar el anterior, de paso justificando una vez mas el despilfarro de millones de pesos en contratos truchos para la elaboracion de este fraude) el gobierno faculta al INE a echar mano del personal que trabaja en el sistema publico y que goza de la calidad de titular y contrata para engrosar las filas de los censistas .

¿Como es posible que el INE, organismo dependiente del Ministerio de Economia, tenga la facultad para echar mano de personal que no es de su dependencia y forzarlo a hacer una tarea para la cual deberia contar con personal propio?

Simple. se acogieron a una ley (17374) que data de 1970, redactada y firmada por Frei Montalva al termino de su mandato. Esta dice así:

Artículo 19°- Para los efectos de la realización de encuestas, estadísticas y censos oficiales, nacionales o regionales se podrá requerir por intermedio de la autoridad correspondiente, la participación activa de cualquier funcionario de servicios u organismos fiscales, semifiscales, Empresas del Estado, Municipalidades, Fuerzas Armadas y Carabineros.

Gracias Frei Montalva...nos cagaste.

Pero resulta que esta ley choca con un articulo... Nuestra ignorada ley 18834 / 89 (aka DFL 29) o mas conocida como ESTATUTO ADMINISTRATIVO en su Articulo 73 de dicha ley dice lo siguiente:

Párrafo 3º 
De las destinaciones, comisiones de servicio y cometidos funcionarios.
 
 Artículo 73.- Los funcionarios sólo podrán ser destinados a desempeñar funciones propias del cargo para el que han sido designados dentro de la institución correspondiente. Las destinaciones deberán ser ordenadas por el jefe superior de la respectiva institución.
 La destinación implica prestar servicios en cualquiera localidad, en un empleo de la misma institución y jerarquía.

Cabe preguntarse ¿por que yo, siendo de una reparticion publica que no tiene nada que ver con el INE, tengo que hacerles la pega? ¿acaso no tienen personal para eso? ¿Acaso los jurisconsultos del INE no se dieron cuenta, o es tanta la necesidad de validar el proceso que omitieron este detalle del estatuto administrativo?

El Articulo 73 es claro, no podemos ser destinados a realizar funciones que no nos son propias del cargo y menos FUERA DE LA INSTITUCION A LA QUE PERTENECEMOS. Lo más tragicómico de todo esto es cual es la "paga" o "recompensa" por sumarnos a esta "noble labor"...  con 1.5 días de descanso complementario. Es decir: perdemos un dia de trabajo, lo cual se traduce en menos lucas, pero nos dan un dia y medio libre... ¡TREMENDA AYUDA WEONES! (mientras tanto, los contratos truchos, los arreglines de bigotes, coimas y afines se quedan en los bolsillos de los corruptócratas para hacer de este fracaso un exito... para ellos)

A esta ineptocracia le queda un año... y todavía nos sorprenden con sus ineptitudes.

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